Política Mexicana y Cosas Peores
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 Simuilitud del Tratado Guadalupe - Hidalgo y del Tratado McLane -Ocampo

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MensajeTema: Simuilitud del Tratado Guadalupe - Hidalgo y del Tratado McLane -Ocampo   Simuilitud del Tratado Guadalupe - Hidalgo y del Tratado McLane -Ocampo Icon_minitimeMiér Dic 10, 2008 2:40 pm

NOTA DE FORSYTH AL GOBIERNO CONSERVADOR PIDIENDO MAS TERRENO


22 de marzo de 1858.



"Primera. Por una compensación en dinero, el Gobierno de los Estados Unidos propone al de México alterar la línea divisoria en el Norte entre las dos Repúblicas.


Segunda. Se propone proveer al arreglo y pago de las reclamaciones de los ciudadanos de ambos países contra el Gobierno del otro, y Tercera. Estipular el derecho del paso a perpetuidad al través del Istmo de Tehuantepec para los Estados Unidos para sus ciudadanos y sus propiedades


"En consecuencia, la línea divisoria que se propone es la siguiente:


"Comenzando en el Golfo de México tres leguas de la tierra, frente a la desembocadura del Río Grande, como se estipuló en el Art. 5 del tratado de Guadalupe, Hidalgo; de allí como lo define el mismo artículo, por medio de éste río arriba hasta el punto donde lo atraviesa el paralelo del 30 latitud Norte; de allí exactamente al Poniente hasta la intersección de ese paralelo con el tributario más al Oriente del río Chico o Río Hiaqui (Yaqui) de allí hacia abajo por medio de este río a un punto exactamente al Poniente del mismo en medio del Golfo de California (Cortés); de allí para abajo por medio de dicho Golfo hasta su boca; de allí alrededor de la punta más hacia el Sur de la Baja California, y subiendo hacia el Norte a lo largo de su costa occidental a distancia de tres leguas de la tierra hasta el punto occidental de lo que es ahora la línea divisoria entre la Alta y la Baja California, y todas las islas en el Golfo de California, excepto aquellas que estén adyacentes a la costa de México al Sur del Río Chico o Hiaqui, se declaran ser propiedades de los Estados Unidos. La línea así descrita comprende una región del territorio mexicano el cual, ya sea su valor intrínseco o futuro (sic), debe francamente decirse que no es ahora, ni promete serlo después de gran precio para México ya sea política o pecuniariamente."


"El Grande Autor de estas leyes obra por reglas de su sabiduría, las más veces inescrutables a los ojos humanos; pero que deben acatarse siempre reverentemente. De todos modos estas leyes han estado en constante acción desde que la tierra fue poblada; están en obra respecto al propósito de esta nota, y a los hombres de Estado la parte que le toca es no distraerlas de su objeto, sino amoldar su acción guiados por la constante luz que derrama sobre este asunto hace más de mil años.


“El Gobierno de los Estados Unidos está leyendo en el futuro por la clara experiencia del pasado; y si obrara por una política puramente egoísta, cruzaría los brazos y esperaría tranquilamente la acción de estas causas con entera confianza de que estas regiones con sus sementeras y casas vendrían a ser de los que hablan su idioma, cuya población se aumenta tan rápidamente. Pero los Estados Unidos con prudente previsión desean anticipar los efectos de estas causas y adquirir de México por medio de una compra legal y una valiosa consideración, es decir, pago, recompensa el territorio que les ha de ser necesario a la expansión de su población, y que a México ahora le es inútil. El precio que se fije como una amplia compensación por este territorio será asunto de un convenio. El Gobierno de los Estados Unidos no le supone un precio fabuloso."


“El infrascrito tiene el honor de reiterar a S. E. las seguridades de su muy distinguida consideración.”

MS. Secretaría de Relaciones Exteriores, citado por Carreño en su Diplomacia Extraordinaria, tomo II, págs. 128-133.
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MensajeTema: MASTER   Simuilitud del Tratado Guadalupe - Hidalgo y del Tratado McLane -Ocampo Icon_minitimeMiér Dic 10, 2008 2:42 pm


Tratado de Guadalupe Hidalgo

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Simuilitud del Tratado Guadalupe - Hidalgo y del Tratado McLane -Ocampo Tratado


El tratado de Guadalupe Hidalgo puso fin a la Guerra Mexicano-Estadounidense, se firmó el 2 de febrero de 1848 en la localidad de Guadalupe Hidalgo, hoy parte de la delegación Gustavo A. Madero, en la ciudad de México.

Esta guerra marcó el crecimiento de los Estados Unidos y significó para México un duro revés, del que, quizá, más de siglo y medio después, aún no ha podido recuperarse.

En este tratado quedó marcada, por el río Bravo, la frontera con Texas, la cruel agresión de que fue objeto México ocurrió con el propósito de despojarlo de cerca de 2 millones 300 mil Km2 de territorio; lo que equivalía a más de la mitad del territorio mexicano de esa época, o a la superficie de España, Francia, Alemania, Italia, el Reino Unido, Portugal, Suiza, Bélgica, Holanda, Dinamarca, Hungría y Croacia, juntas.

Dichos territorios robados son actualmente: California, Nuevo México, Arizona, Texas, Nevada, Utah, y parte de Colorado y Wyoming. Como indenmización, los Estados Unidos pagaron a México 15 millones de dólares; también se estipulaba en el documento que serían respetadas las propiedades de los mexicanos en los territorios arrebatados, lo cual no cumplió.

Con este tratado se cerró la página más negra del México independiente y uno de las peores crímenes en la historia de la humanidad. </BLOCKQUOTE>

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MensajeTema: MASTER   Simuilitud del Tratado Guadalupe - Hidalgo y del Tratado McLane -Ocampo Icon_minitimeMiér Dic 10, 2008 2:47 pm

CONTESTACIÓN DEL MINISTRO DE ZULOAGA, GONZAGA CUEVAS, A FORSYTH


5 de abril de 1858



"El infrascrito, Ministro de Relaciones Exteriores, tiene el honor de contestar a S. E. el Sr. D. Juan Forsyth, Enviado Extraordinario y Ministro plenipotenciario de los Estados Unidos, su nota de 22 de Marzo próximo pasado, recibida el 26 del mismo.


La concurrencia de S. E. el Presidente y los Ministros de Estado a los oficios de la Semana Santa y multitud de atenciones de un despacho urgente han demorado la respuesta del infrascrito sobre el proyecto que se ha servido proponerle el Sr. Ministro de los Estados Unidos.


El Presidente de la República está penetrado íntimamente de que no conviene ni a los verdaderos intereses de ella ni a su buen nombre una nueva demarcación de límites, cualesquiera que fueran las ventajas que pudiera obtener en justa compensación. Cree, además, que un asunto de tan grave importancia no podría tratarse, ni mucho menos arreglarse definitivamente sin la previa autorización de un Congreso Nacional. Y por último, que una nueva pérdida de territorio produciría graves complicaciones interiores y alejaría más y más el restablecimiento de la paz que es la primera condición y el primer elemento de la felicidad pública.


Por iguales razones, aunque los otros puntos sean de menor trascendencia que el mencionado, sería peligroso también sobre el paso del Istmo de Tehuantepec y sobre el pago de las reclamaciones que puedan hacerse ambos Gobiernos. El infrascrito no habla de tratado sobre correos reciprocidad porque S. E. el Sr. Forsyth considera más bien estos puntos como complemento de la negociación que ha propuesto y como un asunto que deba tratarse separadamente. El infrascrito sin embargo, debe decir con franqueza que. ofrecería graves inconvenientes y que de esto es una prueba la desaprobación del tratado de 10 de Febrero de 1857.


Por lo demás, el infrascrito no duda de los sentimientos benévolos de S. E. el Sr. Forsyth así como tampoco de la conveniencia de que México conserve el territorio que hoy tiene y de que podrá aprovecharse no sólo con ventaja suya sino de los pueblos vecinos, luego que organizada convenientemente su administración y asegurada la confianza, pudiese disfrutar de los bienes de una paz estable.


El infrascrito aprovecha esta oportunidad para ofrecer a S. E. el Sr. Forsyth las seguridades de su muy distinguida consideración. Luis. G. Cuevas.

(Secretaría de relaciones exteriores, citado por Carreño, tomo II, de su Diplomacia Extraordinaria, págs. 133-134)
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MensajeTema: MASTER   Simuilitud del Tratado Guadalupe - Hidalgo y del Tratado McLane -Ocampo Icon_minitimeMiér Dic 10, 2008 2:48 pm

NOTA AMENAZANTE DE FORSYTH CONTRA EL GOBIERNO DE ZULOAGA


8 de ABRIL DE 1858



"Está fuera de toda duda que el Gobierno mexicano es el único juez competente para decidir sobre la conveniencia de admitir o rechazar cualquier proyecto de convención que pueda presentarle una potencia amiga; y esto sin atender a las consecuencias que pueda producir su decisión. Algunas de estas consecuencias inevitables se atrevió el informe a indicar con el espíritu más amistoso en la nota que tuvo la honra de dirigir a S. E. en 22 del mes próximo pasado. Cuando con el transcurso del tiempo estas consecuencias, obedeciendo a leyes irresistibles e inmutables se hayan convertido en hechos, la previsión y generosidad del Gobierno de los Estados Unidos quedará plenamente justificada con las proposiciones que México acaba de desechar".


"Pero el Gobierno de los Estados Unidos tiene deberes para con sus conciudadanos que al mismo tiempo debe llenar. El informante por lo mismo ha llamado la atención de S. E. hacia el largo catálogo de reclamaciones americanas contra la justicia de México por ultrajes inferidos a personas y propiedades, que tanto él como sus predecesores han estado agitando sin fruto alguno cerca del Gobierno Mexicano. En las proposiciones que acaban de ser desechadas el Gobierno de los Estados Unidos ofreció los medios de saldar estas reclamaciones y le proponía cargar con el peso de liquidación por una suma que apenas es una quinta parte de su importe nominal en lugar alguno había fijado esa proporción que tampoco habría sido aceptada. Habiendo sido desechada esta oferta liberal, debe presumirse que el Gobierno de México tiene miras y planes que proponer para el arreglo de estas reclamaciones en su totalidad; y en este sentido el informante tiene ahora el honor de preguntar a S. E. cuáles son los medios que propone. Respetuosamente le suplica se sirva darle una pronta respuesta a esta pregunta, porque el tiempo ha llegado de no poder diferirla."

Secretaría de Relaciones Exteriores, citado por Carreño en Diplomacia Extraordinaria, tomo II, pág. 135-36
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MensajeTema: MASTER   Simuilitud del Tratado Guadalupe - Hidalgo y del Tratado McLane -Ocampo Icon_minitimeMiér Dic 10, 2008 2:49 pm

LUIS GONZAGA CUEVAS NO SE AMEDRENTA CON LAS AMENAZAS DE FORSYTH


NOTA DEL 12 DE ABRIL DE 1858



"El infrascrito no puede tampoco prescindir de contestar la nota de S. E. sobre las consideraciones relativas al curso natural de los sucesos y a la pérdida infalible de todo o parte del territorio mexicano. Esas reacciones quisiera verlas el infrascrito más bien como una previsión personal de S. E. el Sr. Forsyth, que como una amenaza que parece descubrirse en el conjunto de su nota de 8 del corriente. El infractor se felicitará mucho de equivocarse, y no cree faltar a lo que debe a su país, si confiesa con franqueza que es posible y muy posible que se realice el anuncio del Sr. Ministro de los Estados Unidos si los mexicanos no cumplen con los deberes que les impone su propia nacionalidad. Los designios de la Provincia, son en efecto, inescrutables, y por grandes que sean las probabilidades que ofrece para descorrer el velo del porvenir el engrandecimiento de unas naciones y las desgracias de otras, no es posible saber lo que serán los Estados Unidos y qué será México dentro de 50 años. Una cosa hay cierta, sin embargo, y ésta es que ni uno ni otro pueblo podrán tener una felicidad duradera, ni conservar sus instituciones ni su independencia, si no se dirigen en sus mutuas relaciones y en todo lo que toca a su régimen interior, por los principios de equidad y de justicia. Y en cuanto a México, S. E. el Sr. Forsyth permitirá al infrascrito que le asegure con toda la buena fe que ciertamente tiene, que al paso que desea que la Unión americana conserve la prosperidad que hoy disfruta, desearía también que el mayor engrandecimiento a que pueda llegar se conciliase con el respeto que merece la integridad territorial de esta República y el buen nombre de un pueblo que busca su grandeza dentro de sí mismo. "

El infrascrito, etc. Luis G. Cuevas


Secretaría de Relaciones Exteriores, citado por Carreño, tomo Il, Diplomacia extraordinaria, págs. 138-139
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MensajeTema: MASTER   Simuilitud del Tratado Guadalupe - Hidalgo y del Tratado McLane -Ocampo Icon_minitimeMiér Dic 10, 2008 2:53 pm

COLMO DE LA DESESPERACIÓN DE FORSYTH


Nota a su gobierno el 14 de abril de 1858



"¿Quiere Usted Sonora? La sangre americana derramada sobre su frontera justificará que se apodere de ella... ¿quiere usted algún otro territorio? Envíeme poderes para presentar un ultimátum por los varios millones que por concepto de atracos y daños personales debe México a nuestro pueblo... ¿,quiere usted los tránsitos por Tehuatepec? Diga a México: la naturaleza ha colocado en tus dominios el camino más corto entre los dos océanos, tan necesario para el comercio mundial. Tú no lo abres, ni permites que otros lo abran para satisfacer las necesidades de la Humanidad. No se te puede permitir jugar al perro del hortelano. Entréganos lo que pedimos, a cambio de los beneficios que nos proponemos conferirte, o sencillamente tomaremos".

John Forsyth a Lewis Cass; nota privada. México, 16 de abril de 1858; en loc. cit. Supra. Citado por Fuentes Mares en su Juárez y Los Estados Unidos, pág. 108.
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LAS BASES PROTOCOLARIAS


22 DE FEBRERO DE 1859



A mediados de 1858 Forsyth emprendió el regreso a su patria, con el estigma de la mes grande derrota diplomática.


En el mes de enero del año siguiente se presentó, en la escena del drama que estamos describiendo Churchwell, a entrevistar al gobierno Constitucionalista. En menos de un mes se pone al habla, y con las bases protocolarias en la mano regresa a su país.


"Protocolo que contiene ciertas condiciones y estipulaciones convenidas por los señores Ocampo y Lerdo de Tejada por una parte y el señor Churchwell por la otra, como las más apropiadas para formar la base de futuras negociaciones entre el Gobierno Constitucional de México y el de los Estados Unidos.


"lo- En vista de la peculiar situación del territorio de la Baja California, el cual desde que fuera cedida la Alta California a los Estados Unidos, ha quedado separado y desintegrado del cuerpo principal de la República Mexicana, el Gobierno Constitucional consentirá en traspasar la soberanía sobre dicho territorio a los Estados Unidos, por una remuneración que después será convenida entre las partes contratantes.


"2o.- El Gobierno Constitucional de México concederá igualmente a
los Estados Unidos los derechos de vía para tránsito a través del territorio mexicano, que en seguida se mencionan:


I. De el Paso a Guaymas, en el Golfo de California;


II. De algún punto del Río Grande a Mazatlán, en el mismo Golfo. "México además concederá a las compañías que designen los Estados Unidos y a todo lo largo de las líneas de tránsito, secciones de tierra a uno y otro lado, con una extensión de diez leguas cuadradas. Cada una de dichas líneas de tránsito será protegida, si fuere necesario, de las depredaciones de los indios hostiles, por medio de guarniciones militares, compuestas ya sea de tropas mejicanas o de los Estados Unidos. De igual manera se estipulará que los mismos Estados Unidos gozarán de un derecho de vía perpetuo a través del Istmo de Tehuantepec


"3o.- Se estipulará, de igual manera, que una parte de los fondos que México recibirá de los Estados Unidos como un equivalente de las anteriores concesiones de territorios y derechos de vía se reservará en el contrato que se firme, con el propósito de extinguir la deuda de México para con los tenedores ingleses de bonos.
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