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| enero 2009: el perredista antiinfancia perdió: se quedó solo | |
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luiginew Pionero
Cantidad de envíos : 237 Edad : 49 Fecha de inscripción : 08/12/2008
| Tema: enero 2009: el perredista antiinfancia perdió: se quedó solo Dom Ene 18, 2009 11:30 am | |
| Colima, 15 Ene (Notimex).- Bajo el argumento de que la ley protege en Colima el derecho a la vida desde el momento de la concepción, la mayoría de legisladores en el Congreso local desechó la iniciativa que proponía derogar del Código Penal las sanciones por interrumpir el embarazo y permitir el aborto hasta las 12 semanas de gestación. Al presentar el dictamen correspondiente en sesión ordinaria este medio día, el presidente de la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, Roberto Chapula de la Mora, recordó que los días 24 de octubre, 12 y 18 de noviembre de 2008, se realizaron foros de análisis en los municipios de Colima, Manzanillo y Tecomán. En tales eventos, dijo, la opinión mayoritaria fue en contra de la iniciativa presentada por Adolfo Núñez González, diputado local por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), con base en lo cual "se realizó un estudio y análisis detallado sobre la propuesta". De ese modo, apuntó, "concluimos que permitir la interrupción voluntaria del embarazo dentro de las 12 primeras semanas, sin causa que así lo justifique, es aborto y, como tal, quien lo practique de manera dolosa se hará acreedor a las penas previstas en el Código Penal del Estado de Colima". Mencionó que la Constitución de México considera la vida "como el valor fundamental más importante de todo ser humano, mientras que diversos tratados internacionales hacen alusión a la vida como un derecho fundamental protegido". Asimismo, refirió que la Ley de los Derechos y Deberes de las Niñas, los Niños y Adolescentes del Estado, establece que "se entiende por niñas y niños a las personas a partir de su concepción y hasta antes de cumplir los 12 años de edad, por lo que resulta lógico que la protección se dé en el ámbito penal para el no nacido". En ese sentido, "la comisión dictaminadora manifestó coincidir con el argumento de la mayoría de las personas que participaron en los foros de consulta, respecto de que el estado no puede quitar lo que no da". Para ello, recordó que la pena de muerte está prohibida, "debido a que el estado privilegia la vida como ente regulador y no dador de conductas antisociales, por lo que resultaría absurdo e injusto ser un estado que prohiba la pena de muerte, y por otro lado no sancione el aborto". El dictamen que desecha la iniciativa para despenalizar el aborto, fue aprobado con 19 votos, registrando en contra sólo el voto del perredista Núñez González, autor de la propuesta. | |
| | | stroncius Posteador
Cantidad de envíos : 437 Edad : 40 Localización : Lázaro Cárdenas, Michoacán Fecha de inscripción : 07/12/2008
| Tema: Re: enero 2009: el perredista antiinfancia perdió: se quedó solo Dom Ene 18, 2009 5:10 pm | |
| Bien, eso es bueno. Alabado sea el señor. | |
| | | luiginew Pionero
Cantidad de envíos : 237 Edad : 49 Fecha de inscripción : 08/12/2008
| Tema: Re: enero 2009: el perredista antiinfancia perdió: se quedó solo Dom Ene 18, 2009 7:53 pm | |
| http://www.godlessprolifers.org/home.html
http://www.godlessprolifers.org/home.html | |
| | | luiginew Pionero
Cantidad de envíos : 237 Edad : 49 Fecha de inscripción : 08/12/2008
| Tema: En Xalapa tampoco Miér Ene 21, 2009 9:06 pm | |
| En Xalapa, los abortistas también se encuentran batalla:
Discapacidad no justifica aborto, dicen autoridades sanitarias Diario de Xalapa 21 de enero de 2009
Miguel Salazar/Diario de Xalapa
Xalapa, Veracruz.- Ante la petición del Instituto Veracruzano de las Mujeres de practicar un legrado a la joven de Zongolica que padece de sus facultades mentales y que fue violada, José Nahúm Martínez Herrera, encargado de la Prevención de la Mortalidad Materna y Perinatal de la Jurisdicción Sanitaria número 5, aseguró que "su discapacidad mental no es suficiente para permitir que se le realice el aborto porque físicamente se encuentra bien y el producto puede desarrollarse de manera exitosa", además de que "el retraso mental de la madre no es hereditario".
Afirmó que en el Estado no está permitido ni legalizado el practicar el legrado y que tan sólo en la Jurisdicción Sanitaria número 5 oficialmente se registran menos de 10 abortos mensuales esporádicos por traumatismos o infecciones de las vías urinarias y que "en estos casos los ginecólogos siempre han tratado de salvar al producto porque se trata de una vida".
Insistió que "al tratarse de problemas de salud mental en la mamá, el realizar un aborto no está permitido porque hay una vida de por medio, pero al tratarse de una infección que ponga en peligro la vida de la madre o del producto, así como alguna malformación, entonces sí se puede realizar una reunión interinstitucional para determinar la mejor solución".
Agregó que en el caso de la joven de Zongolica "el aborto podría ser permitido si se enfocan en el hecho de que fue víctima de una violación, pero desde el punto de vista médico no es la mejor solución porque podría tratarse de un producto valioso y totalmente sano".
No obstante, citó que "tal vez sea necesario valorar la situación familiar, platicar con sus familiares para saber qué decisión van a tomar e investigar el futuro que le espera al recién nacido, sin embargo, hay que reconocer que la mejor solución no sería el aborto porque al final de cuentas podrían dar en adopción al bebé en cuanto nazca".
El galeno comentó que el realizar un aborto a la joven de Zongolica por el hecho de que padece de sus facultades mentales, como lo pretende el Instituto Veracruzano de las Mujeres, podría ir en contra del programa Arranque Parejo en la Vida, que establece que hay que valorar la vida y que viene a fortalecerse con la Norma Oficial Mexicana 007 que abarca criterios y procedimientos para la prestación de servicios a la atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio y del recién nacido.
Abundó ante la existencia de un posible aborto espontáneo "el ginecólogo valora la situación y procede a realizar el legrado siempre y cuando haya alteraciones en cérvix o cambios en la dilatación cervical con salida de sangre o de líquidos, lo que significa que es imposible por naturaleza poder salvar al producto".
El encargado de Prevención de la Mortalidad Materna y Perinatal manifestó que para realizar un aborto inducido a pacientes con problemas de discapacidad mental "intervienen muchas instituciones como Derechos Humanos, DIF estatal, Instituto Veracruzano de las Mujeres, Procuraduría de Justicia, entre otras, mismas que se reúnen para tomar la decisión final, sin embargo, desde el punto de vista médico lo mejor es dejar que el producto se desarrolle porque podría tratarse de un producto totalmente sano y la discapacidad mental no es hereditaria". | |
| | | luiginew Pionero
Cantidad de envíos : 237 Edad : 49 Fecha de inscripción : 08/12/2008
| Tema: Re: enero 2009: el perredista antiinfancia perdió: se quedó solo Miér Ene 28, 2009 10:03 am | |
| Ahora el jaleo es en Baja California
27-Enero-2009 Vuelve aborto a SCJN Erica Mora El procurador de Derechos Humanos de Baja California presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) un juicio de inconstitucionalidad en contra de las recientes reformas en esa entidad que prohíben el aborto en todas sus modalidades y lo castigan con una pena de cinco a 20 años de prisión, equivalente al homicidio calificado.
En diciembre, el Congreso de Baja California, de mayoría panista, aprobó una reforma constitucional que prohíbe y penaliza el aborto, condena el uso de métodos anticonceptivos, la fecundación in vitro y las investigaciones en embriones no implantados.
La reforma fue aprobada por mayoría de votos, 23 de 25, y eroga la disposición que permitía a las mujeres abortar en casos de violación, malformaciones o por riesgos de salud de la madre.
El procurador de los Derechos Humanos y Protección Ciudadana de Baja California, Francisco Sánchez Corona, aseguró que la reforma “violenta los derechos fundamentales de las mujeres y va en contra de lo resuelto por la SCJN en agosto”, cuando avaló la despenalización del aborto en el DF.
La reforma al artículo séptimo de la Constitución del estado señala que “se protege el derecho a la vida, desde el momento en que un individuo es concebido, por lo que entra bajo la protección de la ley y se le reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes”.
La reforma contiene un artículo transitorio que abroga el artículo 136 del Código de Procedimientos Penales de Baja California, el cual permitía el aborto en casos de violación, deformaciones congénitas o cuando esté en riesgo la vida de la madre. El procurador de Derechos Humanos de Baja California presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) un juicio de inconstitucionalidad en contra de las recientes reformas en esa entidad que prohíben el aborto en todas sus modalidades y lo castigan con una pena de cinco a 20 años de prisión, equivalente al homicidio calificado.
En diciembre, el Congreso de Baja California, de mayoría panista, aprobó una reforma constitucional que prohíbe y penaliza el aborto, condena el uso de métodos anticonceptivos, la fecundación in vitro y las investigaciones en embriones no implantados.
La reforma fue aprobada por mayoría de votos, 23 de 25, y eroga la disposición que permitía a las mujeres abortar en casos de violación, malformaciones o por riesgos de salud de la madre.
El procurador de los Derechos Humanos y Protección Ciudadana de Baja California, Francisco Sánchez Corona, aseguró que la reforma “violenta los derechos fundamentales de las mujeres y va en contra de lo resuelto por la SCJN en agosto”, cuando avaló la despenalización del aborto en el DF.
La reforma al artículo séptimo de la Constitución del estado señala que “se protege el derecho a la vida, desde el momento en que un individuo es concebido, por lo que entra bajo la protección de la ley y se le reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes”.
La reforma contiene un artículo transitorio que abroga el artículo 136 del Código de Procedimientos Penales de Baja California, el cual permitía el aborto en casos de violación, deformaciones congénitas o cuando esté en riesgo la vida de la madre. | |
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